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Compraventa Inmobiliaria: Boleto y Escritura

Compraventa Inmobiliaria: Boleto y Escritura

El contrato de compraventa inmobiliaria se perfecciona con el acuerdo de transferir y pagar, pero la propiedad se transfiere recién con la escritura pública y la posesión. El boleto obliga, pero no alcanza para adquirir el dominio del inmueble.

El contrato de compraventa inmobiliaria se perfecciona en el momento que una persona se obliga a transferir la propiedad de un inmueble y otra a pagar un precio en dinero.

Pero... ¿cuándo se transfiere la propiedad?

La transferencia del derecho real se produce con la escrituración y la entrega de la posesión. No alcanza el boleto con entrega posesión para ser propietario, porque la legislación vigente impone la necesidad de que intervenga un escribano que autorice por escritura pública la transferencia, a fin de realizar ciertas verificaciones y controles en la misma, que son de interés del Estado.

Con la firma del boleto de compraventa, las partes se obligan a realizar las prestaciones comprometidas y regulan de mutuo acuerdo las condiciones contractuales de su operación. Incluso, puede existir un principio de ejecución del contrato con la entrega de la posesión del inmueble y de un pago de anticipo de precio. Sin embargo, en todos los casos, el boleto constituye una promesa de transferir y pagar. 


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El contrato de compraventa inmobiliaria se perfecciona con el acuerdo de transferir y pagar, pero la propiedad se transfiere recién con la escritura pública y la posesión. El boleto obliga, pero no alcanza para adquirir el dominio del inmueble.

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